Seguro Conductor Decreto 80 BCI Seguros

Descubre el nuevo Seguro Conductor Decreto 80 de BCI Seguros

Conoce todas las características del seguro conductor decreto 80 que BCI Seguros ha diseñado específicamente para ti.

Podrás cotizar y emitir tu póliza de manera inmediata para dar cumplimiento al Decreto 80.

Beneficios del Seguro Conductor Decreto 80 de BCI Seguros

Los siguientes son algunos de los beneficios reconocidos tanto por la industria como por los clientes de la compañía.

  • Tu póliza de manera inmediata, 100% Online.
  • Servicio al cliente para consultas
  • Ingreso de denuncios 100% Online con respuesta rápida
  • Proceso de Liquidación más rápido de la industria.

¿Cómo Obtenerlo?

  • Puedes cotizar este seguro aquí:

Requisitos y Exclusiones de Cobertura

Es muy importante tener en cuenta los requisitos que se establecen para el seguro de vida conductor decreto 80 como son el hecho de que la persona que vaya a adquirir este seguro debe ejercer como conductor profesional sea independiente o contratado.

✅ La edad máxima de incorporación y permanencia al seguro fluctúa entre los 64 y 69 años como edad máxima para la incorporación al seguro y 65 o 70 años para la edad máxima de permanencia.

La edad mínima en todos los casos es de 18 años.

⏱ La póliza tiene una vigencia de un año.

👨‍⚕️ No se requiere Declaración de Salud.

🩺Se requiere que los conductores no se encuentren hospitalizados, ni con síntomas de alguna enfermedad, ni cursando una licencia médica al momento de contratar el seguro.

¡Asegura tu Camino con el Seguro Conductor Decreto 80 BCI!

Ya conoces las características y beneficios del seguro decreto 80 de BCI Seguros, cotízalo en todo momento aquí:


Preguntas Frecuentes

¿Qué cubre este seguro?

al conductor del vehículo en caso de posibles accidentes que provoquen fallecimiento, invalidez total o permanente, durante el ejercicio de sus labores.

¿Quiénes pueden contratar este seguro?

Este seguro no puede ser contratado por un conductor que no ejerza esta actividad de manera independiente o bajo contrato.

¿Cómo se pagará el Seguro en caso de siniestro?

Vida

Se pagará a los beneficiarios el capital asegurado una vez recibidas y aprobadas las pruebas de la ocurrencia del fallecimiento natural del asegurado titular. (UF 600)

Muerte Accidental

Se pagará a los beneficiarios el capital asegurado una vez recibidas y aprobadas las pruebas de la ocurrencia del fallecimiento del asegurado titular en consecuencia de un accidente. (UF 600)

Invalidez por Accidente y Desmembramiento

Se pagará al asegurado titular el capital asegurado una vez recibidas y aprobadas las pruebas de la ocurrencia de invalidez accidental del asegurado titular. (UF 600)

Esta póliza y todas sus coberturas cubre el riesgo por causa de un acto delictual, no así un acto delictivo, cometido en calidad de autor o cómplice.

¿Quién es el Asegurado?

Chofer ó Conductor Profesional

¿Cuáles son los rubros aceptados?

Transporte Privado Remunerado

¿Cuál es la vigencia de la póliza?

1 año

¿Se requiere Declaración Personal de Salud?

No.

¿Cuál es la edad máxima de Ingreso y Permanecia?

Ingreso 64 años Permanencia 70 años.

Recursos Adicionales

Lista de recursos útiles, como enlaces a sitios web gubernamentales o servicios de asesoramiento legal, para obtener más información sobre este seguro

¿Dónde puedo consultar el detalle de coberturas de este seguro?

Los siguientes son enlaces a la CMF, ex Superintendencia de Valores y Seguros, donde se encuentran depositadas las coberturas, condiciones y exclusiones del Seguro Conductor Decreto 80 de BCI Seguros.

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